Consulta virtual (Documento posición del COMB)
Según el documento de trabajo «Las nuevas tecnologías. El correo electrónico» elaborado por la Comisión de Deontología del COMB y publicado en el cuaderno de Profesión num. 18, se establecen las recomendaciones que han de seguir los médicos de esta corporación en el tratamiento de los pacientes a través de la correspondencia por correo electrónico y no se hace referencia a la calidad de los contenidos de la información sanitaria por Internet. Recomendaciones
- La utilización de la consulta virtual no ha de interferir con los principios básicos de la relación médico-paciente, que son el respeto mutuo, la independencia del juicio clínico, la autonomía del paciente y el secreto profesional.
- Las nuevas tecnologías de la información nunca han de suplir los contactos personales que son la base de la relación médico-paciente. Así, el correo electrónico y otras formas de comunicación electrónica nada más deberían utilizarse para facilitar, realzar y potenciar esta relación interpersonal.
- La consulta hecha por correo electrónico a su médico por un paciente conocido, con Historia Clnica abierta y activa, sobre alguna circunstancia sobrevenida en el curso del proceso asistencial, es una consulta virtual plenamente aceptable, incluso cuando incluye modificación del tratamiento o nuevas prescripciones.
- Contrariamente, las consultas realizadas solicitando diagnósticos, así como las prescripciones farmacológicas realizadas en el transcurso de una «consulta virtual» sin visita física previa, no son aceptables éticamente, y además el médico se expone a un riesgo de responsabilidad civil y penal.
- El médico ha de velar por la confidencialidad del contenido del correo electrónico recibido de sus pacientes de la misma manera que cualquier otra forma de comunicación médico-paciente. Por tanto, la correspondencia electrónica tendrá que recibir tratamiento confidencial.
- Igualmente se ha de tener cuidado con la identificación correcta del enfermo antes de dar su respuesta a cualquier pregunta formulada por correo electrónico.
- Toda la correspondencia electrónica entre el médico y su paciente ha de estar documentada en la Historia Clnica, y por tanto se ha de guardar una copia en papel cuando la Historia Clínica también lo sea.
- La respuesta a solicitudes de segundas opiniones clínicas por correo electrónico se entienden como legalmente y éticamente admisibles, a pesar de la ausencia de visita médica previa, siempre que se informe al paciente que esta opinión no es un acto médico y que no sustituye un diagnóstico previo. Para emitir esta segunda opinión el médico se ha de asegurar de que dispone de datos suficientes y tiene la certeza de su calidad.